6/2019
1 de julio de 2019
Raquel Gallego Herranz
El seguro de salud es uno de los elementos típicos que las empresas plantean a los trabajadores como ventaja adicional al salario. Bien por la vía del pago en especie o a través del sistema de compensación flexible de la empresa, el seguro de salud se utiliza para complementar el salario del trabajador y buscar beneficios como el aumento de su satisfacción como empleado.
Seguro de salud como pago en especie al trabajador.
El seguro de salud como pago en especie para el trabajador tiene la particularidad de que disfruta de exenciones fiscales, concretamente las recogidas en el art. 42 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), que dice lo siguiente:
Por tanto, el seguro de salud pagado por la empresa se considera retribución en especie, pero el pago está exento de tributar hasta 500 euros anuales por cada miembro de la familia cubiertos. Todo lo que sume por encima de dicha cantidad por cada persona, sí tributará como retribución en especie.
De esta manera, un trabajador que contrate el seguro de salud con cobertura para él, su mujer y un hijo, y cuyo importe sea de 1.400 euros anuales, recibirá un salario en especie que está exento de tributar por no alcanzar los 1.500 euros (500 euros anuales por persona). Si el valor del seguro fuera de 1.600 euros, tributarían 100 euros del exceso sobre el máximo.
Seguro de salud como producto de un sistema de compensación flexible.
El seguro de salud también se puede ofrecer a los trabajadores como producto de un sistema de compensación flexible. Esta opción se basa en el mismo supuesto legal que la opción de ofrecerlo como pago en especie, pero con la salvedad de que queda en manos del trabajador la decisión de contratarlo o no y, en caso de contratarlo, se haría con cargo a su salario bruto.
Este sistema resulta interesante para el trabajador porque le da la libertad para elegir si quiere contratar el seguro o no, dado que no a todos les tiene por qué encajar el que proponga la empresa. Además, permite optar a exenciones fiscales adicionales, al bajar el salario bruto del trabajador y, en consecuencia, su base imponible y el tipo a aplicar en el IRPF.
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